Micelio
Auto2 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Cervantes Miranda Pedro Julio·Demandado Zapata Ramirez Jose Rafael

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial de Cesar y de Santander.

La Corte observa que se trata de un asunto interno de la misma jurisdicción que en efecto debe ser resuelto por la autoridad competente, y no por esta Corporación, que de conformidad con lo establecido por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución, únicamente tiene competencia para dirimir conflictos suscitados entre jurisdicciones.

En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional, se declaró inhibida para dirimir el respectivo asunto y devolvió el expediente a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para lo que corresponda y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU- 967 a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, para que (i) proceda de manera inmediata a dirimir el conflicto de competencia entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Cesar y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Santander y, a su vez, (ii) comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.